Criterios de cancelación y bloqueos de datos
Cuando una persona o una empresa deja de trabajar para otra, o bien ya no es un cliente de la misma, se procederá al bloqueo y cancelación de los datos. Pero ¿cómo se debe realizar? Primero se bloquean los datos, es decir se dispone de tal manera ya sea informaticamente o a través de un archivo, para que esos datos no puedan utilizarse, y además se deben vigilar e impedir su manipulación. A estos datos nadie puede acceder salvo los que requieran las administraciones públicas, o bien jueces o tribunales.
Una vez bloqueados por un tiempo determinado que dicta la ley, en caso de los datos de un trabajador se trata de las prescripciones de las infracciones, que pueden llegar a tres años en casos muy graves, se procede a la cancelación, es decir se destruyen directamente siguiendo los procedimientos adecuados y garantizando en todo momento la confidencialidad.







